CPOL 2344 ¿Políticas para Tramitar el Pasado? Textos y Contextos para la Transición a la Paz en Colombia

No han sido pocas las normas y las políticas que, durante varias décadas, han intentado atender las causas y consecuencias del conflicto armado en el país. Como resultado de la negociación o confrontación con los actores armados, de un contexto globalizante –no por ello ejemplarizante– en materia de derechos humanos, paz y desarrollo, y de las apuestas específicas de cada Gobierno, se han implementado todo tipo de acciones para todo tipo de propósitos: reparar los daños e impactos de la guerra; definir la situación jurídica de los combatientes; conocer y entender las razones, dinámicas y responsabilidades de más de cincuenta años de violencia política; procurar el desarrollo regional; ampliar los escenarios de participación democrática; generar condiciones de subsistencia para las poblaciones más vulnerables y victimizadas, entre otras.

Algunas de tales medidas han tenido un carácter transitorio, mientras otras han transitado entre cada Gobierno y cada reforma normativa e institucional. Hoy, bajo la idea de la transición hacia la paz y la justicia transicional, el protagonista es el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, suscrito entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP. En la última década, lo han sido la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, la Ley de Justicia y Paz y cada una de las acciones emprendidas por la verdad, la justicia y la reparación como “deberes” estatales y “derechos” de las víctimas y la sociedad. En los ochenta y comienzos de los noventa, mientras se intentaba la paz con las guerrillas y el país adoptaba una nueva Carta Política, las medidas giraron alrededor de la “participación democrática”, la descentralización y la “rehabilitación” de los territorios. Conforme el conflicto se intensificaba, sus impactos se hacían mayores y los compromisos internacionales crecían, fueron surgiendo también “nuevas” políticas, normas e instituciones.

La construcción de la paz en Colombia no es algo nuevo, como nuevas no son algunas de las medidas contempladas en el Acuerdo con las FARC-EP. La justicia transicional en el país es reciente pero tampoco novedosa. Tal vez, lo único distinto es que si hasta hace unos años se hablaba de “justicia transicional sin transición”, todo lo que hoy se procurará, como parte de lo nuevo, lo viejo y lo descartado, no será implementado en medio de la guerra, al menos no de esa que ha acompañado las políticas de paz y “transición” desde hace más de treinta años. No obstante, hoy, como ayer, persisten muchos de los retos y dificultades para lograr eso que siempre se ha intentado. En ese sentido, y partiendo de los principales textos y discusiones sobre la justicia transicional y las transiciones, el objetivo general del curso es analizar los retos y dilemas que se plantean para el caso colombiano, tanto de aquellos que emanan de la literatura y la experiencia internacional, como de los factores políticos, económicos y sociales que deben tenerse en cuenta para una transición en el país. Transición que no sólo se plantea en términos de verdad, justicia y reparación, sino como parte de un proceso más amplio de construcción de paz, Estado y democracia.

En el curso será constante la reflexión sobre los usos y abusos de la justicia transicional; los retos y los dilemas de toda transición; su relación con los contextos históricos y políticos en que se adopta; el papel de la memoria y la verdad en las transiciones; la conveniencia o no de saber y recordar; la implementación de programas de reparación y su relación con las políticas sociales y de desarrollo a cargo del Estado; la implementación histórica de políticas para atender a las personas afectadas por el conflicto, explicar las causas de la violencia y construir paz y desarrollo territorial; el contexto y los retos de la implementación de las medidas de justicia transicional en el caso colombiano y, en general, para la transición hacia la paz. Finalmente, y asumiendo que los mecanismos propios de toda transición no son fines en sí mismos, sino medios para otros propósitos, se cuestionarán las “fórmulas dadas” y la idea que ata la justicia transicional hacia el pasado, pues en contextos como el colombiano sus mecanismos han representado una posibilidad para tramitar aspectos no relacionados directamente con el conflicto armado. Todo ello, claro está, sin dejar de lado los dilemas y las dificultades que plantea el uso de dichos instrumentos para propósitos más allá de los que han sido diseñados.

Créditos

3

Periodo en el que se ofrece el curso

201720

Idioma en el que se ofrece el curso

Español